El certificado de representante acredita la relación de representación entre una persona física y una persona jurídica, por este motivo, contiene dos NIFs : el de la persona física (representante) y el de la persona jurídica (representado).
De acuerdo con la normativa, este certificado identifica a una persona física como representante de una persona jurídica (es decir, las identifica a ambas ). Por este motivo permite ver y acceder tanto a las notificaciones destinadas a la persona física, como a las notificaciones destinadas a la persona jurídica, cuyos NIFs están identificados en el certificado.
¿Puede cualquier miembro de la empresa utilizar este certificado de representante para abrir notificaciones?
No, porque el certificado identifica a una persona física concreta como representante. Dejar que alguien distinto al titular lo utilice equivale a suplantar la identidad, práctica prohibida por la normativa.
El certificado digital es personal e intransferible. El certificado digital se expide a nombre de un titular y su deber es custodiarlo convenientemente. Transferir el certificado y sus claves a un tercero va en contra de la legislación vigente.
El titular de los certificados, siempre será el responsable de las firmas y autenticaciones que se hayan realizado.
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